La Asociación de Amigos de la Residencia de Estudiantes es una asociación civil, declarada de utilidad pública, que tiene como fin continuar la labor de promoción de la cultura española que caracterizó a la Residencia entre 1910 y 1936.
Fundada inicialmente en 1926, la actividad de la Asociación de Amigos de la Residencia de Estudiantes se vio bruscamente interrumpida por la guerra civil. Sin embargo, sus socios, desde dentro del país y desde el exilio, siguieron colaborando con el director de la Residencia, Alberto Jiménez Fraud, para mantener vivo el espíritu integrador y tolerante que caracterizó a esta casa desde su inicio.
En 1983, la Asociación volvió a constituirse legalmente con motivo de la celebración del centenario de Jiménez Fraud. Iniciado el proyecto de recuperación de la Residencia de Estudiantes, la Asociación instaló en ella su sede definitiva en 1988 y fue renovada con la incorporación de nuevas generaciones; ocho años más tarde se la declaró de utilidad pública.
Mediante el pago de una cuota anual, «los amigos» contribuyen de forma desinteresada en diferentes actividades, como la edición de publicaciones; la organización de cursos, conferencias, exposiciones o conciertos; la convocatoria de becas para jóvenes investigadores y artistas; la localización, rescate y adquisición de fondos artísticos, bibliográficos y documentales relacionados con la historia de la Residencia y su entorno, y la defensa y protección de su patrimonio histórico (arquitectónico, artístico y documental) apoyando su rehabilitación y conservación.
Según la modalidad a la que pertenezcan (Amigo, Socio Benefactor o Empresa Asociada), los miembros de la Asociación disfrutan de una serie de beneficios:
I. AMIGO
II. SOCIO BENEFACTOR
Los beneficios de los Amigos y además:
III. EMPRESA ASOCIADA
La Asociación proporcionará información detallada e individualizada a las empresas interesadas en amigos@residencia.csic.es.
La Asociación de Amigos de la Residencia de Estudiantes es una entidad declarada de utilidad pública. La aportación económica que se haga a esta Asociación podrá acogerse a las deducciones que establece la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (más información).